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AYUDAS PARA EL SECTOR COMERCIAL
Dentro de marco de actuaciones del convenio de colaboración de 25 de marzo de 2022, suscrito entre la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid y diversas asociaciones de comerciantes para la asistencia técnica en materia de ordenación, promoción y fomento de la actividad comercial, al cual se adhirió la AVPPM con fecha 25 de abril de 2022, os informamos:
En el BOCM de hoy, 23 de mayo de 2022, ha sido publicada la ORDEN de 12 de mayo de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de inversión para la modernización, digitalización e innovación tecnológica de las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales del Sector Comercial y Artesano de la Comunidad de Madrid.
Podrán acceder a estas subvenciones, en caso del sector comercial, las PYMES que desarrollaren su actividad en un establecimiento físico abierto al público destinado a la venta minorista ubicado en la Comunidad de Madrid; que su actividad económica quede incluida dentro de las agrupaciones establecidas en el Impuesto de Actividades Económicas, en adelante IAE; que se encuentren dadas de alta en el IAE en el establecimiento donde va a llevarse a cabo la inversión para la que se solicita la subvención, en fecha anterior a la presentación de la solicitud. En el caso de personas físicas, que se encuentren además dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda; que no estén incursas en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado, y con la Comunidad de Madrid, así como de sus obligaciones frente a la Seguridad Social
Se consideran subvencionables los gastos de inversión realizados dentro de las siguientes líneas de actuación:
a) Obras de ampliación, transformación o nueva apertura de establecimientos comerciales, considerándose incluidos los almacenes situados en el mismo local, e incluyendo por su indudable interés ambiental en la reducción de emisiones principalmente de CO2, la implantación de medidas de ahorro energético por utilización de energías renovables, introducción de elementos tecnológicos de seguridad y/o eliminación de barreras arquitectónicas.
b) Adquisición e instalación de equipamiento, maquinaria y mobiliario necesario para el desarrollo de la actividad comercial. También serán subvencionables los dispositivos de producción de frío mecánico en los vehículos frigoríficos isotérmicos destinados al transporte seguro de mercancías de alimentos perecederos, con exclusión del vehículo.
Para el supuesto de Pymes solicitantes dadas de alta en el epígrafe 659.3 del IAE, correspondiente al comercio minorista de aparatos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos será subvencionable la adquisición de aquel equipamiento que, conforme a lo establecido en el artículo 14.3 y 14.3.1 del Decreto 14/2003, de 13 de febrero, por el que se regulan los requisitos para las autorizaciones, régimen de funcionamiento y registro de los establecimientos de óptica en la Comunidad de Madrid, resulta obligatorio para desarrollar funciones de optometría y para realizar tareas de adaptación de lentes de contacto, así como la adquisición de tonómetro.
c) Adquisición e instalación de equipos informáticos o tecnológicos y software, necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y artesanal, la gestión empresarial y la implantación y/o actualización de los sistemas y/o soportes dirigidos a la mejora del comercio electrónico y de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en los procesos de negocio.
La inversión mínima será de 5.000 euros (Impuestos excluidos), cuya ayuda podrá ser hasta el 50%. El plazo de presentación de las solicitudes finalizará en 15 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria. Es decir, el 9 de junio de 2022.
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Por el decreto de fecha 1 de agosto de 2023 de la delegada de área de gobierno de economía, innovación y hacienda, por el que se conceden subvenciones de acuerdo con la convocatoria de subvenciones en el régimen de concurrencia competitiva para apoyar el funcionamiento de los sectores comercial, hotelero y hostelero correspondiente al año 2023 se ha procedido a:
CONCEDER A LA ASOCIACIÓN DE VENDEDORES PROFESIONALES DE PRENSA DE MADRID
Subvención con cargo a la aplicación presupuestaria 001/140/43100/48901, "Otras transferencias a instituciones sin ánimo de lucro", del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2022, prorrogado en el ejercicio 2023, en virtud del Acuerdo de 29 de diciembre de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en base a los gastos acreditados, de acuerdo con la convocatoria de subvenciones para apoyar el funcionamiento de los sectores comercial, hotelero y hostelero correspondiente al año 2023.
Nº de expediente: 165/2023/00474
Solicitante: AVPPM
NIF: G-28685600
Concepto subvencionable: Personal contratado para dirección, gerencia y administración.
Subvención: 49.994,67€

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